Cuatro comprobaciones para saber si tu vuelo cuenta
Antes de calcular nada, responde a estas cuatro preguntas. Si las cuatro salen bien, tu reclamación tiene mucho recorrido.
- ¿El vuelo entra en el reglamento? Sí, si salió de un aeropuerto de la UE, sea cual sea la aerolínea, o si llegó a la UE desde un tercer país con una aerolínea europea, salvo que ya te hubieran compensado allí. También se aplica en Islandia, Noruega y Suiza.
- ¿Tenías reserva confirmada y llegaste a tiempo? Tienes que haberte presentado a facturar a la hora marcada o, si no te dieron ninguna, con un margen mínimo de 45 minutos sobre la hora de salida.
- ¿Qué pasó exactamente? Hay tres supuestos: aterrizar en tu destino final tres horas o más después de lo previsto, sufrir una cancelación sin el preaviso suficiente o que te denieguen el embarque contra tu voluntad por exceso de reservas.
- ¿Qué motivo te dieron? Si hablan de «circunstancias extraordinarias», no lo des por bueno sin mirarlo: más abajo vemos cuándo valen y cuándo no.
Fíjate en que el retraso se mide en la llegada, no en la salida. Si hiciste escala, cuenta la hora a la que aterrizaste en tu destino final, que es hasta donde se mide la distancia. Y si tus tramos eran billetes distintos, cuéntanoslo y vemos cómo se aplica.
Cuánto te corresponde y cuándo se reduce
La cuantía no depende de lo que pagaste por el billete, sino de la distancia del vuelo, y se aplica a cada pasajero. En una familia de cuatro, por tanto, la cifra se multiplica.
| Distancia | Compensación | Se reduce a la mitad si llegas con una diferencia máxima de |
|---|---|---|
| Hasta 1.500 km | 250 € | 2 horas |
| Más de 1.500 km dentro de la UE, y el resto de vuelos de 1.500 a 3.500 km | 400 € | 3 horas |
| Todos los demás | 600 € | 4 horas |
La rebaja del 50 % solo cabe si la aerolínea te ofreció un transporte alternativo con el que llegaste dentro de ese margen respecto a la hora prevista.
Cancelaciones: todo depende del aviso que recibiste
Si cancelan tu vuelo, la aerolínea solo se libra de pagar en tres casos, y es ella quien debe demostrar cuándo te informó. Guarda el correo o el mensaje con su fecha y hora.
| Te avisaron… | No hay compensación si… |
|---|---|
| Con 2 semanas o más de antelación | Siempre |
| Entre 2 semanas y 7 días antes | Te propusieron una salida que despegaba hasta 2 horas antes y que te dejaba en destino menos de 4 horas después de lo previsto |
| Con menos de 7 días | La alternativa salía hasta 1 hora antes y aterrizaba menos de 2 horas tarde |
Si el aviso llegó tarde y la alternativa se salía de esos márgenes, puedes tener derecho a la compensación aunque finalmente viajaras.
Circunstancias extraordinarias: la excusa más repetida
La aerolínea queda libre de la compensación si demuestra que el problema nació de circunstancias extraordinarias que no pudo evitar ni tomando todas las medidas razonables. Es el argumento que más verás en las respuestas, y no siempre se sostiene.
| Suele valer como extraordinaria | Normalmente no vale |
|---|---|
| Mal tiempo que impide volar con seguridad | Casi todos los fallos técnicos del avión |
| Paros de terceros, por ejemplo de controladores aéreos o de personal del aeropuerto | Huelgas de su propio personal por reivindicaciones laborales, sean sindicales o «salvajes» |
Hay una excepción: una huelga de la propia aerolínea sí puede contar si sus reivindicaciones solo las pueden atender los poderes públicos. En cualquier caso, esta salvedad afecta a la compensación; la atención durante la espera y el reembolso o el transporte alternativo siguen siendo tuyos.
Mientras esperas: lo que la aerolínea te debe dar
Con independencia de la compensación, cuando la salida se retrasa lo bastante tienes derecho a atención, sin que te cueste nada:
- Comida y refrescos suficientes para el tiempo de espera.
- Hotel y traslado entre el aeropuerto y el hotel, si toca pasar la noche.
- Dos llamadas o mensajes de correo electrónico.
La espera mínima en la salida es de 2 horas en vuelos de hasta 1.500 km, de 3 en los de distancia media y de 4 en los demás. Si no te la dieron y la pagaste tú, guarda los tiques para reclamarla.
En una cancelación o una denegación de embarque puedes elegir entre el reembolso íntegro del billete en 7 días (con vuelo de vuelta al origen si procede), un transporte alternativo lo antes posible o uno en la fecha que te convenga. Si el retraso llega a 5 horas, también puedes desistir del viaje y que te devuelvan el billete. Si te ofrecen un bono y prefieres el dinero, no tienes por qué aceptarlo.
En un overbooking, la aerolínea debe pedir antes voluntarios a cambio de lo que pacten. Si no te ofreciste y te dejan en tierra, tienes derecho a compensación inmediata, además de la atención.
Cómo reclamar paso a paso hasta AESA
- Reúne los papeles. Reserva o tarjeta de embarque, número y fecha del vuelo, avisos de la aerolínea con su hora, hora real de llegada y tiques de gastos.
- Reclama por escrito a la aerolínea. Cuenta qué ocurrió y qué pides: compensación, reembolso o gastos. Debe acusar recibo y responder en un máximo de un mes.
- Si calla o dice que no, acude a AESA. Tienes un año desde tu reclamación previa. Es gratuito, resuelve en 90 días naturales (prorrogables) y su decisión obliga a la aerolínea, pero no a ti.
- Los tribunales, como último paso. Si la aerolínea no cumple lo decidido por AESA en un mes, puedes pedir su ejecución ante el Juzgado de lo Mercantil. Y si lo que reclamas no pasa de 2.000 euros, puedes ir a juicio sin abogado ni procurador.
Tienes el resto de plazos en cuánto tiempo tienes para reclamar y un escrito de ejemplo en el modelo de reclamación. Aunque tengas cinco años por delante, no esperes: las pruebas se pierden y los avisos se borran. Desde abril de 2025, además, hay que haber intentado una solución negociada antes de demandar, y tu reclamación por escrito sirve para acreditarlo.
Si el vuelo iba en un paquete y la reforma que viene
Cuando el vuelo venía incluido en un viaje combinado, el Reglamento 261/2004 se aplica igualmente, salvo el reembolso cuando ya deriva de la normativa de viajes combinados, y además puedes tener derechos frente al organizador o la agencia. Los explicamos en viajes, hoteles y coches de alquiler. Si lo que te preocupa es el dinero de un billete, mira devolución de billetes.
La UE ya ha aprobado una reforma de estos derechos, el Reglamento (UE) 2026/2202, pero será aplicable desde el 23 de octubre de 2027. Seguirás teniendo 250, 400 o 600 euros según la distancia y el listón de tres horas; lo que cambia son los plazos, la información y la asistencia. Hasta entonces rigen las normas de esta página.
